“La ley 1720 es más para el tema individual que para los pequeños productores… Esta ley es una medida inicial para la… individualización de la tierra… se está pensando volver a esta visión… de individualizar, cada persona tenga su propio título individual… y si hay esa ley de un título individual en los territorios… ¿qué queda de los territorios de las TCOs?, ¿qué queda de la organización, de la cultura, de la identidad?… o sea desaparecemos, porque lo que ellos quieren es hacernos desaparecer como indígenas.” Declaración de un representante Yuracaré.
El sábado 18 de abril en instalaciones del Gobierno Autónomo Municipal de Chimoré, se realizó la Asamblea Extraordinaria convocada por la CPITCO invitando a representantes de los cuatro Consejos (CIRI, CONISUR-TIPNIS, CONIYURA y YUQUI), que conforman la organización. El fin de la convocatoria fue realizar análisis de contexto e informe de gestión de la CPITCO, siendo un tema de emergencia el posicionamiento sobre la Ley 1720 (antes 157), de conversión voluntaria de pequeña propiedad a mediana propiedad.
Pequeña propiedad vs mediana propiedad.
En el análisis de contexto, expertos en la temática agraria realizaron la explicación de las bases de la Ley 1720 y su inconstitucionalidad, identificando los peligros que traía consigo la referida norma, tales como: incumple el derecho de consulta previa, libre e informada; vulnera la protección constitucional de patrimonio familiar, elimina el carácter de inembargabilidad e indivisibilidad; además de eximirla del cumpliento de la Función Económica Social (FES) por un plazo de 10 años. Y desde una perspectiva política, profundiza la individualización de la tierra, afianzando la visión del libre mercado de tierras en Bolivia.
En el debate se enfatiza en clarificar las diferencias entre pequeña y mediana propiedad agraria: la pequeña propiedad agraria es la que trabaja personalmente el campesino y su familia y generalmente para el autoconsumo, entre sus características: es patrimonio familiar, no se puede dividir, ni embargar, no paga impuesto. En cambio la medida propiedad, se puede vender e hipotecar, paga impuesto a la tierra. Otra diferencia es que en la mediana propiedad hay trabajo asalariado y maquinaria, y produce principalmente para el mercado. Además, la tierra debe cumplir la Funciòn Economía Social (FES), es un mecanismo de control y verificación que se hace cada siete años, y en caso de incumplimiento de la FES procede la reversión, para evitar que la tierra: sea ociosa, de engorde y especulación latifundiaria.
La amenaza de la individualización de la tierra.
Bajo esta perspectiva, los indígenas se posicionan y pronuncian con una postura crítica frente a la Ley 1720. El expresidente de la CPITCO, Antonio Moye, indicó : “Creo que esto es importante entender, que la ley es un primer paso para avanzar… no está afectando de manera directa, sino de manera indirecta… va a venir una segunda ley… y mejor parece que están de acuerdo con la individualización… después van a decir que los miembros de la TCO tienen derecho a individualizar… y con eso nos van a destruir como organización… Entonces compañeros creo que esa dimensión tenemos que entender.”
Asimismo, otro participante de la Asamblea, indica “No solo que esta ley aparentemente no nos afecta como TCO, pero sí es una amenaza, porque está motivando a la gente desinformada… les está haciendo creer que con eso van a dejar de ser pobres… van a tener acceso a créditos… pero en la práctica probablemente muchos vayan a caer por necesidad.”
Las posturas contrarias hacia la Ley generaron la necesidad de la CPITCO de emitir un pronunciamiento rechazando la ley, destacando que la Ley es una amenaza directa hacia lo conseguido por las anteriores marchas indígenas por el territorio y la dignidad, por ende debe ser abolida con inmediatez. El pronunciamiento y la advertencia de tomar medidas fue puesto en conocimiento ante la opinión pública mediante conferencia de prensa por medios de comunicación del trópico como: radio Kausachun Coca, radio Soberanía y la red Patria Nueva.
Estigmatización política desde el gobierno.
Posteriormente, en la Asamblea se hizo presente un funcionario del gobierno central, que tendría un espacio para argumentar los beneficios de la 1720 y evitar las movilizaciones. El encargado de Asuntos Indígenas del Gobierno, Orlando Barragan, inició su intervención indicando que, según lo escrito en la ley no se menciona en ningún momento a las propiedades comunitarias y la ley sólo está pensada para que los propietarios individuales tengan beneficios bancarios. Barragan, indicó que, las críticas a la ley son parte de “discursos masistas que están en contra de la ley y que solo se emplean para convulsionar el país, para gente desinformada”:
Este comentario generó indignación por parte de los representantes indígenas, que vieron sus determinaciones orgánicas invalidadas por el funcionario público. La CPITCO invitó al funcionario a retirarse al no poder existir una posibilidad de diálogo cordial entre ambas partes debido a que no se vio un interés por parte del representante de escuchar los argumentos indígenas, ni de mantener el respeto en el uso de su palabra.
La CPITCO como organización mantiene su firme apoyo a la marcha, y define unirse a las medidas de presión junto a los otros pueblos indígenas de tierras bajas. Para los pueblos indígenas la unidad es la base histórica de las luchas para defender su territorio y/o alcanzar demandas de atención del Estado, entendiendo que la mirada común de los pueblos indígenas es la de la identidad comunitaria y dinámica colectiva, por ende “si tocan o vulneran los derechos de un pueblo indigena, tocan y afectan a todos los pueblos”. La defensa de los territorios indígenas es un motivo de articulación de todas las instancias orgánicas locales, regionales y nacionales que representan a los pueblos originarios .

